La ley establece que todas las reparaciones o instalaciones llevadas a cabo estarán cubiertas por una garantía mínima legal. Ésta tendrá una vigencia de 3 meses o 2000 km., a contar desde la entrega del vehículo. En los vehículos industriales la duración será de 15 días o 200 kms. Todo ello sin perjuicio del hecho de que las piezas instaladas posean una garantía superior.
La garantía consistirá en la reparación totalmente gratuita de la avería que pueda reaparecer, incluyendo tanto piezas como mano de obra.
La ley establece como excepciones a la garantía los siguientes supuestos:
-Cuando se haya manipulado el vehículo por terceros.
-Cuando las piezas utilizadas para la reparación de vehículo hayan sido aportadas por el titular del mismo.
-Cuando el titular del vehículo se niegue a reparar los defectos o vicios ocultos detectados por el taller y comunicados al usuario.